Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.2241.29

Volumen VIII Contratos de la Administración · Volumen VIII Contratos de la Administración

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos76
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VIII Contratos de la Administración, art. D.2241.29

Contratos de la Administración / De los Contratos de la Administración / Legislativa / De los contratos de concesión de obra pública y servicios en bienes públicos departamentales / De los contratos de concesión de obra pública y servicios en bienes públicos departamentales

Articulo D.2241.29

Para la selección de la propuesta más conveniente se tomarán en cuenta: a) las características constructivas y urbanísticas de la obra propuesta así como su relevancia para el mejoramiento del espacio librado al uso público o edificio de que se trata; b) el monto de la inversión a realizarse y su rentabilidad; c) las características, valor estimado y duración de las contrapartidas solicitadas por el proponente, así como su compatibilidad con el destino público del espacio de que se trata; d) las garantías ofrecidas por el proponente para el cumplimiento exacto de sus prestaciones, en aquellas obras o actividades de ejecución continuada. A los efectos de la selección, las propuestas deberán ser analizadas previo informe del órgano local respectivo o quien haga sus veces, por una Comisión Interdisciplinaria que informe detalladamente de los extremos anteriores y los del Art. D. 2241.31 y; e) el plazo no podrá exceder los veinte años.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:77423
ReferenciaVolumen VIII Contratos de la Administración
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A77423