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Normativa Montevideo
Artículo D.2241.33
Volumen VIII Contratos de la Administración · Volumen VIII Contratos de la Administración
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos76
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VIII Contratos de la Administración, art. D.2241.33
Articulo D.2241.33
La celebración del contrato, así como las excepciones a disposiciones vigentes de naturaleza legislativa de la Intendencia, que sean necesarias para el otorgamiento de las contrapartidas, se requerirá previa anuencia del Legislativo Comunal.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:77423
ReferenciaVolumen VIII Contratos de la Administración
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A77423