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Normativa Montevideo
Artículo D.2241.42
Volumen VIII Contratos de la Administración · Volumen VIII Contratos de la Administración
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos76
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VIII Contratos de la Administración, art. D.2241.42
Articulo D.2241.42
Los bienes ya concedidos, cualquiera sea la figura jurídica empleada, y los bienes pasibles de concesión de uso, serán clasificados por la administración en categorías, según su dimensión, valor económico, ubicación y significación social y urbana.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:77423
ReferenciaVolumen VIII Contratos de la Administración
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A77423