Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.3191
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3191
Articulo D.3191
Cuando sin el permiso correspondiente, se efectuaran obras de construcción o de reparación de un edificio o de un cerco, sin ajustarse a lo establecido en los artículos precedentes, el propietario deberá hacer demoler la parte nueva indebidamente levantada o formar la ochava en la planta baja si se tratara de reparaciones que por su naturaleza traen aparejadas la obligación del ochavado, sin perjuicio de la sanción que corresponda, tanto al propietario como al director de los trabajos si lo hubiera.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663