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Normativa Montevideo
Artículo D.3288
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3288
Articulo D.3288
La transgresión a cualquiera de las normas establecidas en este Capítulo, se penará con multas de acuerdo a lo establecido en el Régimen Punitivo Departamental, según la gravedad de la infracción y sin perjuicio de proceder a la revocación del permiso si existiere.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663