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Normativa Montevideo

Artículo D.3291.8

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3291.8

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas generales para proyecto / De los tanques de agua en edificios colectivos

Articulo D.3291.8

Los Servicios de Salubridad, Bromatología y Laboratorio de Higiene, podrán exigir de los propietarios de vivienda colectiva en régimen de propiedad horizontal, condominio o fincas de inquilinato o de los administradores respectivos, la exhibición de los certificados a que hace referencia el Art. D. 3291.6 . Asimismo podrán extraer muestras de los depósitos para su análisis ulterior.
Notas
Los Servicios de Salubridad, Bromatología y Laboratorio de Higiene, podrán exigir de los propietarios de vivienda colectiva en régimen de propiedad horizontal, condominio o fincas de inquilinato o de los administradores respectivos, la exhibición de los certificados a que hace referencia el Art. D. 3291.6. Asimismo podrán extraer muestras de los depósitos para su análisis ulterior.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663