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Normativa Montevideo
Artículo D.3292
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3292
Articulo D.3292
En todo edificio colectivo, destinado a vivienda, comercio, industria o escritorios, se colocarán buzones para la correspondencia de los inquilinos o propietarios de cada una de las distintas unidades locativas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663