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Normativa Montevideo
Artículo D.3298
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3298
Articulo D.3298
Comienzo de las obras. Las obras de cimentación solo podrán ser iniciadas cuando se apruebe el permiso y planos presentados, los que deberán ajustarse a las condiciones generales fijadas en el presente capítulo así como a las especificaciones particulares que correspondan atendiendo a las características de cada proyecto.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663