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Normativa Montevideo

Artículo D.3301

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3301

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas generales para proyecto / De las fundaciones a base de pilotes

Articulo D.3301

Los pilotes de recimentación de construcciones existentes que se pretendan realizar a los solos efectos de mejorar sus condiciones de estabilidad, podrán efectuarse sin respetar las distancias mínimas establecidas en el Art. D. 3299 sujeto al no empleo de martinete para la hinca de los mismos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663