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Normativa Montevideo

Artículo D.3328.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3328.1

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas de higiene para edificios según su destino / De la higiene de la vivienda / De los ductos y chimeneas

Articulo D.3328.1

Los ductos o chimeneas de ventilación de humos de parrilleros, hornos, estufas a leña y similares de uso doméstico utilizados en viviendas, son conductos construidos para dar salida a gases resultantes de la combustión o reacción química para su dispersión en el aire ambiente. Su cometido es captar y evacuar los humos de manera que no afecten o perjudiquen las propiedades linderas, ni originen molestias a los vecinos o público en general.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663