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Normativa Montevideo
Artículo D.3350
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3350
Articulo D.3350
Tolerancias en las dimensiones mínimas. Si existieren, debidamente justificados, pilares o columnas de estructura o de sanitarias, su saliente dentro de los locales complementarios no podrán exceder del paramento de los muros en un 10% del ancho mínimo reglamentario.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663