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Normativa Montevideo

Artículo D.3382

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3382

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas de higiene para edificios según su destino / De la higiene de la vivienda / Disposiciones complementarias

Articulo D.3382

Comisión Técnica Asesora. Créase una Comisión Técnica Asesora que funcionará en el Servicio de Edificación de la Intendencia y que podrá proponer enmiendas, adiciones o supresiones a las ordenanzas y reglamentaciones vigentes sobre construcciones tendientes a un adecuado ejercicio de los poderes de policía de la edificación que conciernen al gobierno departamental. Dicha Comisión estará integrada por cinco delegados profesionales, titulares y otros alternos respectivos, designados dos por el Servicio de Edificación, uno por el Servicio de la Vivienda, uno por el Servicio del Plan Regulador y uno por la Sociedad de Arquitectos del Uruguay. Los delegados durarán dos años en sus funciones.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663