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Normativa Montevideo

Artículo D.3397

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3397

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas de higiene para edificios según su destino / De la higiene en locales públicos / De la calefacción y ventilación para teatros, cine y auditorios

Articulo D.3397

Permisos. Para las instalaciones comprendidas en el artículo D.3388 del Digesto Departamental, será obligatorio solicitar un permiso, cumpliendo los requisitos que establezca la reglamentación. La Intendencia de Montevideo podrá establecer un régimen especial para los locales desprovistos de instalaciones mecánicas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663