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Normativa Montevideo

Artículo D.3405

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3405

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas de higiene para edificios según su destino / De la higiene en locales públicos / De los servicios higíenicos

Articulo D.3405

Servicios a distintos niveles. Cuando existan localidades en diferentes niveles, se dispondrán equipos sanitarios en las condiciones establecidas en el artículo anterior, para cada uno de esos niveles cuando la capacidad de los mismos exceda de ciento cincuenta espectadores.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663