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Normativa Montevideo

Artículo D.3419

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3419

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas de higiene para edificios según su destino / De la higiene de restoranes

Articulo D.3419

Sin perjuicio de las normas constructivas que deben ajustarse los locales destinados a restoranes, parrilladas, rotiserías y fiambrerías, regirán además en materia de higiene las disposiciones bromatológicas contenidas en el Volumen VI "De la higiene y asistencia social" del Digesto Departamental.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663