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Normativa Montevideo
Artículo D.3419.4
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3419.4
Articulo D.3419.4
Locales de depósito sin personal permanente. 1. Características físicas: 1.1 Altura: a) Locales con elementos de acceso permanente: mínima de 2.20 mts. que también será la mínima en casos de techos inclinados. b) Locales sin elementos de acceso permanente: mínima de 2 mts. que también será la mínima en casos de techos inclinados. 2. Características constructivas: 2.1 Muros: podrán ser de cualquier material que impida la entrada de humedad y asegure la estanqueidad. 2.2 Pisos: serán lisos suficientemente duros como para soportar el uso sin desgaste y admitir el lavado. 2.3 Techos: en su construcción podrá utilizarse cualquier material siempre que asegure la impermeabilidad. 2.4 Revoques: no será obligatorio el revocado de paredes y techos siempre que su construcción presente aspecto aseado y decoroso a juicio de la oficina competente y según el destino. 3. Condiciones higiénicas: 3.1 Iluminación: se exigirá natural, directa o indirectamente a la vía pública o a patio de las siguientes características: S = a, L = a/10 + 120. Los vanos tendrán una dimensión libre no inferior a 1/40 del área del piso respectivo. Se admitirá la iluminación artificial. 3.2. Ventilación: se exigirá natural, directo o indirecto a la vía pública o en patios con las características antes señaladas. Los vanos tendrán una dimensión libre no inferior a 1/40 del área del piso respectivo, se admitirá ventilación mecánica en casos justificados y sujeto a lo que establezca S.I.M.E. en tal sentido.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663