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Normativa Montevideo

Artículo D.3443

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3443

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyecto de edificios destinados a industria / De los explosivos / De las fábricas de explosivos

Articulo D.3443

La demanda de autorización para instalar una fábrica de explosivos de cualquier categoría, se presentará ante la Intendencia y deberá ser acompañada de un plano, escala 1/5000, que exprese: a) La posición exacta que ocupará la fábrica con relación a los edificios habitables y caminos públicos existentes en un radio de dos km. b) La situación de las distintas dependencias de la fábrica unas con respecto a otras. c) El destino de cada una de dichas dependencias. d) La posición de las trincheras de tierra, muro, arbolado y demás medios de defensa contra las explosiones. En el escrito de presentación, se hará constar además: e) La clase de explosivos a obtenerse, su composición y el procedimiento de fabricación. f) La producción máxima diaria de la fábrica. g) El número de obreros que podrán hallar ocupación en el establecimiento y el régimen de fábrica por lo que hace a los días de trabajo y el horario a cumplir. h) El nombre y título, o méritos del encargado de la Dirección técnica del establecimiento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663