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Normativa Montevideo

Artículo D.3461

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3461

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyecto de edificios destinados a industria / De los explosivos / De las fábricas de explosivos

Articulo D.3461

Los distintos talleres de la fábrica, de dimensiones variables según su destino, se construirán con materiales ligeros e incombustibles, tendrán techo no metálico, también lo más ligero posible, pintado de blanco, con pronunciada saliente exterior y provisto de ventanas de aireación. El suelo de cada construcción presentará una capa de betún asfáltico, sin guijarros y se tendrá siempre cubierto de una materia absorbente, susceptible de ser renovada con frecuencia; dándose preferencia para este uso al aserrín de madera o a los desperdicios de corchos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663