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Normativa Montevideo
Artículo D.3485.2
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3485.2
Articulo D.3485.2
Superficie destinada al público. Se entiende como aquella superficie de la sala utilizada por el público incluyendo las áreas ocupadas por el mobiliario. Se excluyen las superficies de la sala que no poseen acceso al público como la correspondiente a las barras, ropería, depósitos y locales similares del establecimiento que cumplan esta función.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663