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Normativa Montevideo
Artículo D.3501
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3501
Articulo D.3501
Sala en los establecimientos de primera categoría: a) La sala y todas sus dependencias; vestíbulos, escaleras, foyer, bares, pasajes, etc., y en general todos los locales accesibles o no al público, se construirán con materiales incombustibles. b) El techo de la sala, los entrepisos, las columnas, las vigas y las escaleras, serán construidas con material incombustible y con una protección apropiada contra los efectos del fuego. c) Adheridos a los muros y cielorrasos de material, podrán disponerse revestimientos necesarios para la acústica, debiendo ser ignifugados a juicio de la autoridad competente, en caso de que fueran fácilmente combustibles. d) Las puertas y ventanas, los pisos y el recubrimiento de los escalones podrán ser de madera. Los pisos y los recubrimientos de escalones estarán adheridos perfectamente en toda su extensión al contrapiso de las planchas y las escaleras. El recubrimiento de los locales no podrá ser lustrado o hecho con materiales de fácil pulimento con el uso. e) Los vanos del techo y las ventanas que no tengan vidrios armados y que iluminen la sala y sus dependencias accesibles al público, llevarán por el interior tejido metálico que impida la caída de vidrios. f) Los tapices, las telas y todo otro elemento decorativo deberán ser adheridos completamente a las superficies que recubran. g) Está prohibido el uso de cortinados, guirnaldas y todo otro objeto ligero de decoración, salvo autorización especial. h) No se podrán establecer los talleres del teatro en los locales que se encuentran encima o debajo de las salas y sus dependencias, salvo que estén aislados por planchas a prueba de fuego.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663