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Normativa Montevideo
Artículo D.3529
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3529
Articulo D.3529
En los vestíbulos, salas de espera y foyers sólo se permitirá la colocación de bastidores o afiches, siempre que no obstaculicen el movimiento del público, y sean colocados junto a las paredes y a una distancia de éstas no mayor de veinticinco centímetros.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663