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Normativa Montevideo

Artículo D.3548

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3548

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a espectáculos, culto y reunión / De los edificios destinados a espectáculos públicos

Articulo D.3548

Cabinas de proyección. Son aplicables a las cabinas de proyección las disposiciones sobre tableros generales; y las disposiciones sobre tablero de cabina del escenario. La llave general estará ubicada al lado de la puerta de entrada, de modo que pudiera accionarse sin entrar en la cabina. Los equipos alimentadores de los proyectores se alojarán en una celda cerrada incombustible, destinada únicamente a ese objeto.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663