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Normativa Montevideo
Artículo D.3565
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3565
Articulo D.3565
Todas las dependencias, así como los espacios descubiertos se independizarán apropiadamente de los predios y construcciones linderos, por medio de muros o cercos de mampostería de 2 mts. de altura como mínimo, siempre que no existan disposiciones especiales al respecto. Se adoptarán sistemas convenientes y eficaces que, sin perjudicar las condiciones de higiene, eviten las vistas desde o hacia las propiedades vecinas y vías públicas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663