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Normativa Montevideo
Artículo D.3583
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3583
Articulo D.3583
"Circo" es todo espectáculo público consistente en la exhibición de animales amaestrados, acróbatas, ilusionistas, etc., que se realice en carpas desmontables y portátiles o en cualquier otro local habilitado al efecto por la autoridad departamental.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663