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Normativa Montevideo
Artículo D.3626
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3626
Articulo D.3626
Las diversas instalaciones que comprenden el juego propiamente dicho, serán emplazadas adoptando, las normas técnicas, adecuadas para impedir la propagación de trepidaciones al exterior, por los distintos elementos constructivos del local, para lo cual se emplearán filtros antivibratorios adecuados.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663