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Normativa Montevideo

Artículo D.3643

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3643

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a espectáculos, culto y reunión / De las piscinas públicas y privadas

Articulo D.3643

La construcción de las piscinas se ajustarán a las siguientes características: a) Los materiales de construcción serán impermeables, de superficie lisa y acabado sin junturas, no permitiéndose el uso de pinturas como acabado de paredes y fondo, salvo aquellas que sean autorizadas expresamente por el Departamento de Higiene y Asistencia Social; b) Las paredes laterales serán verticales; c) Se usará el color blanco y otro color claro autorizado; d) El declive de la piscina será suave hasta la profundidad de m. 1.65. La pendiente máxima será de 1/5 (6.6%) en esta zona; e) La profundidad en la parte más honda no será inferior a 1.80 metros. Habrá marcas que indiquen profundidades desde la parte más llana hasta m. 1.50. Se marcará asimismo la zona en que comienza el declive rápido del fondo; f) Las entradas y salidas hacia los vestuarios estarán instaladas en la parte más llana de la piscina; g) Los ángulos serán romos en los bordes laterales y en las canaletas; h) Las canaletas (gargantas de desborde) deberán disponer de un declive adecuado y caños de salida suficientes para permitir su desagüe rápido; i) Los pisos de las zonas próximas a la piscina será de material antideslizante; j) La instalación eléctrica deberá ser proyectada y ejecutada de modo de no ocasionar riesgos a los bañistas o al público. Tendrán una intensidad suficiente para permitir una buena visibilidad en todas las áreas y no provocar encandilamiento. Deberá contarse con elementos adecuados para iluminación de emergencia.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663