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Normativa Montevideo
Artículo D.3652
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3652
Articulo D.3652
El análisis bacteriológico se expresará como ACEPTABLE o NO ACEPTABLE. Llevará la calificación bacteriológica "Aceptable" toda agua que no sobrepase el NMP (número más probable en 100 cm3) de 10 coliformes, con ausencia absoluta de E coli, ni sobrepase el número de 200 bacterias por cm3 en conteo en placas. El agua "Aceptable" tendrá tres grados: Grado I (muy satisfactoria) serán las que presenten un NMP de coliformes de 1 o menos. Grado II (satisfactorias) serán las que presenten un NMP de coliformes, mayor de 1 y menor de 2.2. Grado III (observada) serán las que presenten un NMP de coliformes mayor de 2.2 y menor de 10. Llevarán la calificación bacteriológica de "No aceptable" toda agua que presente cualquiera de las siguientes características bacteriológicas: a) presencia de E coli; b) un NMP de coliformes mayor de 10. c) un conteo en placas mayor de 200 colonias por cm3.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663