Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.3667.6

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3667.6

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a espectáculos, culto y reunión / De las canchas de paddle

Articulo D.3667.6

Cuando se proyecten en un mismo complejo 4 o más canchas de esta mismo tipo, será obligatorio disponer de áreas de estacionamiento a razón de dos espacios por cancha debiendo estar señalizados los mismos en el pavimento. Podrá admitirse la ocupación de los retiros laterales para tal uso. Deberá gestionarse, previo a la presentación del permiso de Construcción, un trámite previo de implantación, el cual deberá contar con la aprobación del Departamento de Planificación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663