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Normativa Montevideo

Artículo D.3689

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3689

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas / De los cafés, bares y afines

Articulo D.3689

Todos los integrantes del personal de estos establecimientos, cualquiera sea la función que desempeñen, deberán poseer el carné de salud, expedido y renovado, anualmente, por el Servicio Médico de la Intendencia.Tal documento será exhibido a los funcionarios que lo exijan, cada vez que sea solicitado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663