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Normativa Montevideo
Artículo D.3709
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.3709
Articulo D.3709
Sin perjuicio de las normas constructivas a que deben ajustarse los comercios estables destinados al almacenamiento, conservación o venta de pescado y mariscos, regirán además en materia de higiene las disposiciones bromatológicas contenidas en el Volumen VI "De la higiene y asistencia social" del Digesto Departamental.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663