Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.4021.17

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4021.17

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas / Del establecimiento y/o distribución de recipientes portátiles de gas licuado de petróleo (GLP), tanques estacionarios de GLP, instalaciones de envasado y/o recarga de recipientes o tanques con GLP, transporte de GLP en sus diversas formas / Disposición especial

Articulo D.4021.17

Las instalaciones de cilindro de 45 kilos de GLP se mantienen reguladas por el Decreto Departamental No. 21.235 de fecha 8 de junio de 1983 .
Notas
Las instalaciones de cilindro de 45 kilos de GLP se mantienen reguladas por el Decreto Departamental No. 21.235 de fecha 8 de junio de 1983.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663