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Normativa Montevideo

Artículo D.4082.10

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.10

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas / Del uso de supergas en establecimientos industriales / Características de las instalaciones

Articulo D.4082.10

Distancias de seguridad. Cualquiera sea la ubicación de la batería o el depósito se respetarán las siguientes distancias mínimas de seguridad: TABLA I - DISTANCIAS DE SEGURIDAD DISTANCIAS MINIMAS EN METROS De la batería hasta 5 cilindros De la batería de entre 6 y 10 cilindros Del depósito de hasta 10 cilindros A- Elementos exteriores al predio: aberturas de edificios, viviendas de terceros, chimeneas 3 5 5 Elementos interiores al predio: líneas de edificación pública 3 3 3 medianera con alambrado 3 5 5 medianera con muro (*1) 0 0 0 fuegos abiertos, usinas, calderas propias, talleres. Instalación eléctrica no a prueba de explosión. Casa habitación u oficinas propias sin pared inter- puesta 3 5 5 con pared interpuesta (*2) 0 0 0 tanques conteniendo otros combustibles líquidos o comburentes. Aberturas de edificios 3 5 5 Hierbas, pasto seco, leña y materiales combustibles en general. 3 3 3 (*1) En los casos que la batería de cilindros o el depósito se apoyen sobre el muro medianero, éste tendrá 2,5 m de altura mínima y será reforzado con una aislación de 5 cm de lana de vidrio o equivalente que le den una aislación térmica adecuada. En todos los casos la aislación se extenderá hasta una distancia de un metro más allá de la porción del muro ocupada por el recinto. (*2) Cuando dentro del predio, la batería de cilindros, o el depósito, se apoyen a un muro interior, éste será sin huecos; y tendrá 2,50 m de altura mínima y por lo menos 15 cm de espesor, respetándose el tipo de aislación a que se refiere el apartado anterior.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663