Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.4082.37
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.37
Articulo D.4082.37
Las expoferias pueden instalarse en todo el suelo urbano del departamento de Montevideo, debiendo ajustarse a lo dispuesto en el presente Capítulo y a las normas generales de higiene y salubridad, quedando exoneradas de las exigencias de contar con sitios de estacionamiento.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663