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Normativa Montevideo
Artículo D.4082.4
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.4
Articulo D.4082.4
Capacidad máxima de almacenamiento. La capacidad máxima de supergás en una planta industrial quedará determinada por el consumo horario de los artefactos a los que se provea de combustible. En tal sentido se considera adecuado, para atender un consumo por evaporación natural de 0,75 kg/h de supergás, un cilindro de 45 kg. Se podrá tener en reserva, además, igual cantidad de cilindros.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663