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Normativa Montevideo
Artículo D.4082.40
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.40
Articulo D.4082.40
Sólo se permite la venta al paso de comestibles y bebidas envasadas en aquellos quioscos que cuenten con las instalaciones reglamentarias, prohibiéndose cualquier tipo de elaboración.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663