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Normativa Montevideo

Artículo D.4082.45

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.45

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas / De los locales destinados a expoferias / Disposiciones relativas al local.

Articulo D.4082.45

El establecimiento deberá contar con vestidor o ropería para el personal con un área equivalente a 0.15 metros cuadrados por quiosco. A partir de los 30 metros cuadrados se incrementará a razón de 0,05 metros cuadrados por quiosco. El área mínima de este local no podrá ser inferior a 5.00 metros cuadrados.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663