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Normativa Montevideo

Artículo D.4082.61

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4082.61

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a comercios y oficinas / Edificios y espacios destinados a estacionamientos(*)(**) / Disposiciones edilicias y funcionales

Articulo D.4082.61

Cuando se trate de establecimientos destinados a estacionamiento con carácter comercial (alquiler por hora, día, semana o mes), se deberá declarar la capacidad del mismo. En el caso que se superen los cincuenta (50) vehículos, previo a su autorización se deberá obtener la aprobación de un Estudio de Impacto de Tránsito de acuerdo a lo previsto en las normas complementarias del Plan de Ordenamiento Territorial.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663