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Normativa Montevideo

Artículo D.4084

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4084

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para proyectos de edificios destinados a alojamiento temporario / De los establecimientos destinados a hospedaje

Articulo D.4084

Ámbito de aplicación. Las disposiciones del presente Capítulo se aplicarán en los casos de construcción de nuevos edificios destinados a hospedaje, así como en reformas y ampliaciones de construcciones existentes. En este último caso se tendrán en cuenta las características de las construcciones existentes, en función de las cuales se podrá admitir variaciones a las disposiciones del presente Capítulo. Quedan excluidos del ámbito de aplicación los establecimientos destinados a alojamientos brindados por entidades públicas o privadas con fines sociales y sin prestación económica, así como las casas de familia que ofrezcan alojamiento personalizado y otros servicios complementarios atendidos por sus dueños.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663