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Normativa Montevideo
Artículo D.4090.7.1
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4090.7.1
Articulo D.4090.7.1
Habitabilidad, higiene y seguridad. Los establecimientos destinados a pensión definidos en el artículo D.4090.1 del presente Capítulo deben cumplir con las normas establecidas para vivienda con excepción de los requisitos que se exigen especialmente para este destino.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663