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Normativa Montevideo
Artículo D.4090.7.13
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4090.7.13
Articulo D.4090.7.13
La Intendencia de Montevideo podrá promover la clausura preventiva o definitiva de los establecimientos destinados a pensión definidos en el artículo D.4090.1 del presente Capítulo que incumplan la normativa vigente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663