Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.4107.23.6
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4107.23.6
Articulo D.4107.23.6
Placa identificadora. Los establecimientos destinados a hogares estudiantiles autorizados deben exhibir en el exterior de su fachada una placa identificadora de 0,40 metros de ancho por 0,60 metros de largo o su equivalente en metros cuadrados.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663