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Normativa Montevideo
Artículo D.4107.25.1
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4107.25.1
Articulo D.4107.25.1
El informe a que hace referencia el artículo D.4107.25 , se exigirá en los casos de obra nueva específica, en reciclaje de edificios con fin específico, así como en los casos de adecuación edilicia para fines concretos. Fuera de estos casos, se comprende también, la obligatoriedad para los edificios habilitados con anterioridad a la presente norma y reúnan las características dispuestas en la misma.
El informe a que hace referencia el artículo D.4107.25, se exigirá en los casos de obra nueva específica, en reciclaje de edificios con fin específico, así como en los casos de adecuación edilicia para fines concretos. Fuera de estos casos, se comprende también, la obligatoriedad para los edificios habilitados con anterioridad a la presente norma y reúnan las características dispuestas en la misma.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663