Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.4107.31.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4107.31.1

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Regimen de contralor de seguridad e higiene para locales comerciales y de uso público / Único

Articulo D.4107.31.1

Los establecimientos comprendidos en el artículo D.4107.24 , deberán exhibir cartelería, con leyenda visible y clara en sus textos,que indique la cantidad máxima de concurrencia de público permitida por la Intendencia de Montevideo, así como en entrepisos si existieran. En igual sentido, deberá existir cartelería en lugares destinados para el acopio estibado y almacenamiento de mercaderías, indicando los pesos y alturas máximas permitidas.
Notas
Los establecimientos comprendidos en el artículo D.4107.24, deberán exhibir cartelería, con leyenda visible y clara en sus textos,que indique la cantidad máxima de concurrencia de público permitida por la Intendencia de Montevideo, así como en entrepisos si existieran. En igual sentido, deberá existir cartelería en lugares destinados para el acopio estibado y almacenamiento de mercaderías, indicando los pesos y alturas máximas permitidas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663