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Normativa Montevideo
Artículo D.4133
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4133
Articulo D.4133
A la terminación de la obra, el constructor solicitará de la oficina la inspección correspondiente, la cual, si la obra se ha realizado en las condiciones convenidas dará su aprobación, autorizando la entrega y el pago de la misma.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663