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Normativa Montevideo
Artículo D.4216.3
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4216.3
Articulo D.4216.3
Responsabilidad por ruidos molestos. Los técnicos responsables tanto de la obra civil, como de la instalación y el mantenimiento de cualquiera de los dispositivos comprendidos en el presente capítulo, deben tomar las medidas necesarias para asegurar que los ruidos y vibraciones inherentes al funcionamiento de las instalaciones no superen los valores trasmitidos admisibles según los Decretos y Normas Departamentales correspondientes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663