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Normativa Montevideo

Artículo D.4259

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4259

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para los Acondicionamientos / Obras Sanitarias Internas / Disposiciones de carácter general

Articulo D.4259

Proyecto, dirección y ejecución de las Instalaciones Sanitarias Internas . Los habilitados para suscribir los recaudos a presentar para construir, ampliar, o regularizar las Instalaciones Sanitarias son los Arquitectos, Ingenieros Civiles (Hidráulicos y Sanitarios, o Ambientales) y los Técnicos Instaladores Sanitarios, responsables del proyecto, y dirección de las obras.
Notas
Proyecto, dirección y ejecución de las Instalaciones Sanitarias Internas. Los habilitados para suscribir los recaudos a presentar para construir, ampliar, o regularizar las Instalaciones Sanitarias son los Arquitectos, Ingenieros Civiles (Hidráulicos y Sanitarios, o Ambientales) y los Técnicos Instaladores Sanitarios, responsables del proyecto, y dirección de las obras.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663