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Normativa Montevideo

Artículo D.4314.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4314.1

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para los Acondicionamientos / Obras Sanitarias Internas / Sistemas de desagües

Articulo D.4314.1

Cañerias de desagûes y distribución de agua potable. Las cañerías del sistema de desagüe cuyo emplazamiento sea horizontal y cercano a las tuberías de distribución de agua potable deberán estar separadas por una distancia no menor a un metro. Esta restricción no se aplica cuando la parte inferior de la tubería de distribución de agua se encuentre a más de 40 centímetros de la parte superior del punto más alto de las cañerías componentes del sistema de desagües.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663