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Normativa Montevideo
Artículo D.4444
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4444
Articulo D.4444
Siempre que se reformen o reconstruyan las instalaciones de tratamiento de líquidos residuales o cuando por cambios en el proceso industrial se hagan necesarias dichas reformas para que los desagües continuén cumpliendo con las condiciones requieridas, se solicitará igualmente la autorización respectiva al Servicio de Mantenimiento de Obras Civiles.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663