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Normativa Montevideo

Artículo D.4444

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4444

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / Normas para los Acondicionamientos / De las aguas residuales / Disposiciones generales

Articulo D.4444

Siempre que se reformen o reconstruyan las instalaciones de tratamiento de líquidos residuales o cuando por cambios en el proceso industrial se hagan necesarias dichas reformas para que los desagües continuén cumpliendo con las condiciones requieridas, se solicitará igualmente la autorización respectiva al Servicio de Mantenimiento de Obras Civiles.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663