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Normativa Montevideo
Artículo D.4455.11.1
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4455.11.1
Articulo D.4455.11.1
En caso de constatarse por los inspectores de la Intendencia de Montevideo la fisura o rotura de la o las tapas de los depósitos de reserva de agua potable, se deberá proceder de inmediato a su reemplazo, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de dos (2) Unidades Reajustables a él o los propietarios del inmueble.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663