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Normativa Montevideo

Artículo D.4456

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4456

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / De las Viviendas Populares / Disposiciones aplicables a las Viviendas Populares

Articulo D.4456

La construcción, ampliación y/o regularización de viviendas populares a ejecutarse por particulares, dentro del régimen de propiedad común o de propiedad horizontal, ya sea en terrenos privados, como departamentales o del Estado que hayan sido adjudicados como resultado de urbanizaciones y loteos aprobados por la Intendencia, se tramitará ante la Intendencia de Montevideo, conforme a las normas contenidas en este Título.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663